sábado, 12 de marzo de 2016

DANIEL 7. LOS CUATRO IMPERIOS. SECCIÓN. LIV (54)


Continuación de la Sección LIII (53)
El edicto de Milán lo daremos en dos partes por su largo contenido.
El invencible dios sol =Deus sol Invictus. Emperador Probo.
titulature plus felix invictus” = “laborioso afortunado, inconquistado, (se formo a partir de la analogía del titulo imperial.)
1º – Año 306-307 y 307 al 324, Nos encontramos en el periodo de Galerio Licinio y Constantino. Continuación leemos dos extractos de las consecuencias de edicto de Milán. 

Este edicto como cualquier edicto o declaración publica de un gobernante, hay que leerla entre lineas, ya que la clave para saber como la iglesia recibió en la época de Constantino grades mercedes y edificios y tierras que los cristianos no tenían antes como iglesia.

Edicto de Galerio año (311d.C.) Las persecuciones romanas a los cristianos. 

Consecuencia de los edictos por los que se da la libertad a la Iglesia entre los años 311 y 313 fueron recogidos por Eusebio de Cesárea (Historia eclesiástica 10,5) y Lactancio (De mortibus persecutorum 48).

Edicto de Milán año 313. Extracto del edicto
1º Entre las restantes disposiciones que hemos tomado mirando siempre por el bien y el interés del Estado. (En el carco de Constantino, no se ve ni una sola cruz).

Nos hemos procurado, con el intento de amoldar todo a las leyes tradicionales y a las normas de los romanos, que también los cristianos que habían abandonado la religión de sus padres retornarse a los buenos propósitos. 

Este edicto tiene un doble sentido para restaurar la idolatría más refinada, pero cambiando los nombres de sus dioses.

En efecto, por motivos bien personales o que desconocemos se habían apoderado de ellos una contumacia y una insensatez tales, que ya no seguía las costumbres de los antiguos, costumbres que quizá sus mismos antepasados habían establecido por vez primera, sino que se dictaban a sí mismos, de acuerdo únicamente con su libre arbitrio y sus propios deseos, las leyes que debían observar y se atraían a gente de todo tipo y de los más diversos lugares y creencias.

Tras emanar nosotros la disposición de que volviesen a las creencias de los antiguos, muchos accedieron por las amenazas, otros muchos por las torturas y otros por el enriquecimiento. 

Mas como muchos han preservado en sus propósitos y hemos constatado que ni prestan a los dioses el culto y la veneración debidos, no pueden honrar tampoco al Dios de los cristianos, en virtud de nuestra benevolencia clemencia y de nuestra habitual costumbre de conocer a todos el perdón, hemos creído oportuno extenderles también a ellos nuestra muy manifiesta indulgencia, de modo que puedan nuevamente ser cristianos y puedan reconstruir sus lugares de culto, con la condición de que no hagan nada contrario al orden establecido. (sigue próximo comentario)
Maranata
Luis José de Madariaga.
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